"No somos animales"

Los recientes informes sobre las muy deficientes condiciones de detención de inmigrantes en algunos países de la UE dan una preocupante foto de las normas de detención y prácticas actuales. Hacen hincapié en las cuestiones sistémicas en juego con
la aplicación de la Directiva de Retorno transpuesta en la legislación nacional de todos los Estados miembros de la UE y otras cuestiones sobre la compatibilidad de la detención administrativa con el respeto de los derechos fundamentales.

Italia: centro de identificación y expulsión (CIE) de Roma 

En junio, la ONG italiana Médicos por los Derechos Humanos (MEDU - Medici per i Diritti Umani) publicó un informe sobre las condiciones de detención de migrantes en el Centro de Ponte Galeria en Roma, el mayor centro de detención de inmigrantes de Italia
(354 de capacidad). Este informe fue dado a conocer tras la visita de MEDU al
CIE en el marco de su programa de salud y asistencia a inmigrantes detenidos, y en
el marco de la campaña de Open Access, organizada conjuntamente por Migreurop y European Alternatives.

El informe aporta nuevos testimonios médicos sobre las condiciones de detención degradantes en instalaciones de tipo carcelario y su impacto en la salud física y mental de los detenidos. Los centros de detención son descritos por la organización como "genéticamente [intrínsecamente] incapaces de salvaguardar la dignidad y derechos fundamentales de las personas", como lo demuestran los diversos casos de autolesión, motines, movimientos de huelga de hambre y las noticias de violencia por parte de agentes de policía.

Desde agosto de 2011, y la transposición de la Directiva de Retorno de la UE a la legislación italiana, la detención de inmigrantes puede durar hasta 18 meses, en comparación con los 180 días de antes de la transposición de la Directiva
(60 días antes de 2009). Desde entonces, sin embargo, el acceso a la atención médica en el centro de Ponte Galeria ha disminuido considerablemente, con retrasos graves en el seguimiento médico y la atención a los 2.049 migrantes, incluidos los ciudadanos de la UE de origen romaní y las víctimas de trata con fines de explotación sexual,
que han sido detenidos en algún momento en este CIE en 2011.

Chipre: detención sistemática de solicitantes de asilo

La detención sistemática de inmigrantes irregulares y la detención frecuente de solicitantes de asilo en Chipre han sido denunciadas por estar en contradicción con la legislación comunitaria por Amnistía Internacional en su último informe publicado en junio. Las órdenes de detención no son automáticamente sometidas a revisión judicial, mientras no se garantiza el acceso a la asistencia jurídica gratuita y a una tutela judicial efectiva, en contra de lo dispuesto en la Directiva de Retorno de la UE que fue transpuesta a la legislación de Chipre en noviembre de 2011.

Delegados de Amnistía visitaron la mayoría de los centros de detención oficiales, que son todos prisiones ya que la construcción del primer centro de detención de inmigrantes se está llevando a cabo. En la mayoría de los casos, los detenidos tenían muy poco acceso a servicios de salud adecuados, las condiciones generales de detención eran muy pobres (con muy poca, por no decir ninguna, ventilación; celdas hacinadas). En la prisión de Limassol, los detenidos compartían su celda con personas condenadas por delitos.

Los informes critican en particular la "detención sistemática de migrantes irregulares", incluso de aquellos que no puedes ser expulsados (por ejemplo, por falta de documentos de viaje; o apátridas) y la "ausencia de búsqueda de medidas menos coercitivas" por parte de las autoridades, tal y como requiere la Directiva de Retorno.

Rumanía: petición de ayuda de los migrantes detenidos en centros de acogida

Durante los últimos meses, Migreurop ha recibido varias llamadas de inmigrantes detenidos en dos centros de detención en Rumania, en Arad y en el aeropuerto de Otopeni. Se documentaron casos graves de brutalidad y abuso por parte de los oficiales, aumentando la gran preocupación sobre las condiciones de detención y el control de los centros de detención de inmigrantes en Rumania. Los detenidos en los campos de Arad pueden salir al patio tan sólo quince minutos al día. La Directiva de Retorno también es aplicable en Rumania. Desde 2011, cuando la Directiva se incorporó al ordenamiento jurídico nacional, la detención puede durar hasta 18 meses,
en comparación con los seis meses que era el límite anterior (los detenidos que no pueden ser expulsados después de seis meses son «tolerados» en el territorio, aunque no se les expide permiso de residencia).

Rumania tiene una "pequeña" capacidad de detención de cerca de 1.500 (dos centros de detención de inmigrantes y seis instalaciones de tránsito) , y aunque las condiciones de detención han sido criticadas por violar los estándares europeos, la atención se ha centrado hasta ahora más en las condiciones de detención en las cárceles que en los centros de detención de inmigrantes.

Impacto devastador de la detención de migrantes

Se cumplan o no las disposiciones previstas por la Directiva de Retorno, abundan los ejemplos que documentan los efectos devastadores de la detención para migrantes irregulares y solicitantes de asilo.

"Los delegados de Amnistía Internacional comprobaron el efecto devastador que la detención prolongada e ilegal tiene en la salud mental y física. Los detenidos tenían dificultades en el enfoque y al recordar fechas importantes, y mostraban síntomas de ansiedad y estrés, incluyendo cicatrices causadas por autolesiones. Los delegados dijeron que en los meses previos a su visita, algunos de esos detenidos habían intentado suicidarse y uno había resultado muerto".

En un informe reciente, la organización benéfica británica Medical Justice acusó a la UKBA [servicio de fronteras del Reino Unido, UK Border Agency] de ser "cómplice de retraumatización", al poner de manifiesto en entrevistas con los detenidos que a menudo las víctimas de tortura fueron internadas en centros de detención de inmigrantes, en violación de las Reglas sobre Centros de Detención.

"Sobrevivientes de tortura fueron atendidos tan mal que dos de ellos fueron expulsados y torturados de nuevo en su país de origen antes de volver al Reino Unido para solicitar asilo de nuevo. Aparte de estos dos, ninguno de los otros fueron expulsados, lo que lleva a plantear la cuestión de por qué se les detuvo con la intención de expulsarlos".

Según un estudio de 2010, el Informe DEVAS coordinado por el Servicio Jesuita de Refugiados de Europa (detención de solicitantes de asilo vulnerables y migrantes en situación irregular en la Unión Europea):

"Una persona se vuelve vulnerable desde el primer día de su detención, y la condición personal individual resulta inmediatamente afectada a causa de su situación de desventaja y debilidad".

Detención creciente de migrantes en Europa

En 2008, muchas organizaciones se opusieron a la adopción de la Directiva de Retorno, que autoriza la detención de migrantes por un máximo de 18 meses a la espera de su expulsión, período que parece exceder el plazo razonable de tiempo necesario para hacer cumplir una orden de expulsión. Como argumentaron las organizaciones cuando se adoptó la Directiva, esta legislación en materia de expulsión no proporcionó garantías suficientes a los migrantes irregulares. Por el contrario, implicaba el riesgo de legitimar una detención cuasi sistemática de migrantes, incluso en los casos en que no existe una perspectiva real de expulsión.

Informes recientes y la implementación de políticas tales como el proyecto de construcción de 50 centros de detención de inmigrantes en Grecia, confirman esta tendencia. El proyecto de mapeo por la red Migreurop ilustra muy claramente este desarrollo (ver mapas 2005, 2007 y 2009).

Sin embargo, el consenso europeo sobre la noción de detención y su inclusión en un creciente número de textos plantea gran preocupación entre las organizaciones no gubernamentales y expertos jurídicos. En junio, el Comité Meijers escribió al Parlamento Europeo comentando sobre la inclusión de disposiciones sobre detención en la Directiva de acogida y el Reglamento de Dublín II sin garantías específicas para migrantes vulnerables, incluidos los menores no acompañados y las familias con niños.

"Las disposiciones sobre la detención en el Reglamento de Dublín y de la Directiva sobre condiciones de acogida están, posiblemente, en desacuerdo con la reciente jurisprudencia del TEDH [Tribunal Europeo de Derechos Humanos], relativa a la
detención de niños en centros de detención para extranjeros".

La posibilidad de detener a solicitantes de asilo en la versión del proyecto de refundición de ambos, el Reglamento Dublín II (Transferencias intracomunitarias al primer país de llegada de la UE) y la Directiva de Acogida (condiciones de recepción de solicitantes de asilo en la UE), provocó fuertes críticas entre las organizaciones no-gubernamentales, 166 de las cuales firmaron un llamamiento a las instituciones europeas, recordando que:

"La protección otorgada por la legislación internacional sobre refugiados y derechos humanos presupone que, como regla general, los solicitantes de asilo no deben ser detenidos y que la detención sólo puede ser utilizada excepcionalmente, y sólo con todas las garantías procesales establecidas".

Un fallo judicial y un informe de la ONU critican la criminalización de los migrantes irregulares

Ya sea en prisión preventiva o detención administrativa de cara a la expulsión, la detención creciente de migrantes está aumentando la preocupación entre las instituciones nacionales e internacionales.

Un reciente informe de la Relatora Especial de la ONU sobre los derechos humanos de los migrantes expresó su profunda preocupación por las "deficientes condiciones de detención" en las que los migrantes pueden ser detenidos como " la [D]etención deteriora sistemáticamente el estado físico y mental de casi todos los que la padecen". [énfasis añadido]

"En la medida que los migrantes en detención administrativa no están acusados o condenados por un delito, no deben estar sometidos a condiciones y entornos carcelarios, tales como uniformes de prisión, fuertes restricciones de movimientos, falta de paseos al aire libre y falta de visitas".

Sin embargo, la detención de migrantes se utiliza cada vez más sistemáticamente, a pesar del hecho de que:

"No hay evidencia empírica de que la detención impide o desalienta la migración irregular de personas en busca de asilo. A pesar de las políticas de detención cada vez más duras introducidas de manera creciente en los últimos 20 años en todos los países del mundo, el número de llegadas irregulares no ha disminuido”.

La detención de migrantes por el único motivo de que son irregulares, lo que el Relator denomina como "la criminalización" de los migrantes, "excede el interés legítimo de los Estados de controlar y regular la inmigración irregular y lleva a la detención innecesaria", como dijo el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detención Arbitraria.

La Convención Europea sobre Derechos Humanos establece lo que la Corte Europea de Derechos Humanos consideraba una lista exhaustiva de criterios para que sea permitida la detención. De conformidad con el artículo 5(1):

"La detención o arresto legal de una persona para impedir que entre ilegalmente en el país o de una persona contra la cual esté en curso un procedimiento de expulsión o extradición".

Por otra parte, la exigencia a los Estados participantes en el Protocolo de Palermo contra el tráfico ilícito de Migrantes por tierra, mar y aire (del que la UE es parte, así como sus Estados miembros) para tipificar como delito el tráfico ilícito de migrantes no se aplica a los migrantes que están siendo objeto de tráfico ilícito.

El informe coincide con la decisión del Tribunal de Casación francés del 5 de julio de que la custodia de migrantes en situación irregular es incompatible con la Directiva de Retorno de la UE. De hecho, la detención irregular de migrantes por la única razón de estar indocumentados sólo se puede utilizar en caso de que haya sido de cara a su expulsión (es decir, la detención administrativa y no custodia); no debería hacerse de modo sistemático, sino decidida caso por caso, y sólo como último recurso y por el tiempo más breve posible. Esta decisión es importante, no sólo para detener las prácticas que criminalizan la irregularidad, sino también porque la mayoría de estos detenidos bajo custodia fueron muy a menudo a continuación puestos en detención administrativa, sistematizando así la detención con fines de deportación. En 2009, se adoptaron 297 sanciones penales por estancia irregular, mientras que 30.270 personas fueron detenidas en centros de detención de inmigrantes a raíz de un control de identidad por la policía.

Vale la pena señalar que en países como el Reino Unido, la ausencia de un límite de tiempo para la detención de inmigrantes establecida por ley (ya que el Reino Unido optó por quedar fuera de la Directiva de Retorno de la UE que establece una detención máxima de 18 meses) contradice las directrices de la ONU.

La decisión de la Corte de Casación francesa se produjo después del histórico fallo de la Corte Europea de Justicia en el caso El Dridi en julio de 2011. Al TJCE se le pidió su opinión sobre el caso de un migrante irregular detenido bajo custodia por el simple motivo de que estaba indocumentado. En particular, el Tribunal declaró que:

"Esta pena privativa de libertad, debido entre otras cosas a las condiciones y métodos de aplicación, corre el riesgo de poner en peligro la consecución del objetivo perseguido por la Directiva, a saber, el establecimiento de una política eficaz de expulsión y repatriación de residentes ilegales nacionales de terceros países de manera acorde con los derechos fundamentales".

En diciembre de 2011, el Tribunal de Justicia Europeo dictaminó que las sanciones penales contra migrantes irregulares por el único motivo de su estancia irregular eran incompatibles con la Directiva de Retorno, y que la detención sistemática de migrantes irregulares era incompatible con la Directiva de Retorno, si previamente
no habían sido agotadas otras medidas coercitivas. Aunque la Corte no se pronunció contra la detención de los migrantes como tal, dejó claro que tal decisión debe hacerse como último recurso.

Conclusión

En 2007, Statewatch expresó su profunda preocupación respecto a la aprobada Directiva de Retorno: "Lo que queda es una legislación que, de aplicarse, es probable que contribuya a la extensión de las peores prácticas de expulsión, haciendo hincapié en la expulsión rápida por encima del debido proceso y las necesidades humanas".

Desde el acceso a la atención médica, al trato dado por los guardias de seguridad, las pruebas aportadas por los recientes informes refuerzan estas preocupaciones y plantean dudas sobre si los principios consagrados en la Directiva de Retorno pueden llegar a ser alguna vez realidad. En efecto, la Directiva dispone que: "Los nacionales de terceros países detenidos deben ser tratados de manera humana y digna, con respeto de sus derechos fundamentales y de conformidad con la legislación internacional y nacional".

Sin embargo, aun cuando la estancia irregular se sanciona en virtud del derecho administrativo, algunos expertos cuestionan si la privación de la libertad como tal no equivale a un castigo desproporcionado, y a su criminalización con otro nombre.
Juliet P. Strumpf, basado en el ejemplo de EE.UU., llamó a este nuevo fenómeno "crimmigration" entendida como la creciente fusión de la ley de inmigración y el derecho penal, un concepto que los académicos tienden a utilizar cada vez más para describir la evolución de la legislación de la UE (conferencia sobre "Crimmigration" que se celebrará en Coimbra, Portugal, en octubre de 2012).

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