Prejuicio y estigmatización desde las instituciones

Prejuicio y estigmatización desde las instituciones

SOS Racismo Navarra

En los impresos distribuidos por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la tramitación de los permisos de residencia y trabajo del proceso de regularización de personas inmigrantes recientemente abierto figura la siguiente advertencia:
“Las normas relativas a los derechos fundamentales de los extranjeras se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y con los Tratados y Acuerdos internacionales sobre las mismas materias vigentes en España, sin que pueda alegarse la profesión de creencias religiosas o convicciones ideológicas o culturales de signo diverso para justificar la realización de actos o conductas contrarios a las mismas, encontrándose los extranjeros que se hallen en España por la normativa penal vigente de idéntica manera que los ciudadanos españoles, normativa que incluye entre otros hechos constitutivos de delitos y castigados con la correspondiente pena a determinar por la Autoridad Judicial, la MUTILACIÓN GENITAL FEMENINA".
Una de las aportaciones del Movimiento Feminista al tema del lenguaje ha sido: “Lo que no se nombra no existe”.
El complemento, el negativo de esta afirmación sería “lo que se nombra sí existe”. Si de una serie de hechos similares sólo se nombra uno, el resaltado se constituye en el importante, el que destaca, y si se liga a un colectivo se constituirá en el hecho-característica resaltable de dicho colectivo.
No tiene ningún sentido citar el delito de la mutilación genital femenina en el momento de la firma de la solicitud del permiso de trabajo y residencia, ya que se presupone que es necesario recordárselo a la persona firmante, dando a entender que ésta tiene predisposición para su incumplimiento. Eso tiene un nombre: prejuicio y estigmatización.
Citar que la ablación es un delito en los impresos de un proceso de regularización dirigido a personas inmigrantes supone estigmatizar a esta población, y más concretamente a la mujer inmigrante como proclive a realizar tal acción.
¿Cómo se sentiría cualquier persona si al firmar un contrato de trabajo o alquiler, en el último punto le recuerdan/informan que el maltrato infantil está considerado un delito? ¿Quién es nadie para presuponer una conducta delictiva? ¿Quién es la Administración para presuponer la conducta delictiva de las personas inmigrantes?
Además de un ataque a la dignidad de las personas, actos de racismo institucional como éste, contribuyen a favorecer la propagación de la xenofobia y el racismo social.
El autor del impreso, el Gobierno del estado español, se atreve a presuponer que las personas inmigrantes van a incumplir los tratados internacionales que él mismo incumple con la Ley de Extranjería que regula dicho impreso. Ley de Extranjería avalada por siete Recursos de Inconstitucionalidad precisamente por, entre otros aspectos, ser contraria a la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Uno de estos siete recursos fue presentado por el PSOE, partido que sustenta el actual gobierno.
El impreso da a entender que religiones y culturas diferentes a las autóctonas tienen por lo visto contenidos ideológicos contrarios a los derechos humanos que puedan justificar su incumplimiento. Etnocentrismo que carga en la otra parte las limitaciones propias. ¿Acaso a partir de este momento se va incluir en todos los contratos de trabajo un párrafo similar referido a las religiones autóctonas quienes en estos momentos están atentando contra los derechos y dignidad de mujeres, homosexuales, que están atentando contra la salud pública?

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