Informe anual sobre el Racismo en el estado español 2005

Informe anual sobre el Racismo en el estado español 2005

Federación de asociaciones de SOS Racismo del estado español

Priorizar la lucha contra el racismo

Un año después de la entrada del gobierno del PSOE, el balance en materia de lucha contra el racismo es que el cambio realizado es insuficiente.
El gobierno que sacó las tropas de Irak enfrentándose a otros países europeos no se enfrenta con la misma contundencia a las restrictivas políticas europeas de inmigración y asilo, aunque en algunos aspectos tome medidas que despiertan críticas de las instancias más conservadoras de la Unión Europea.
El gobierno que ha apostado por la igualdad de derechos de las parejas homosexuales, por poner el ejemplo de un tema en el que de entrada se partía también de un rechazo social importante, no ha apostado con la misma firmeza por la igualdad de derechos de las personas extranjeras. Continúa vigente la normativa de extranjería del PP, no se ha desarrollado la normativa antidiscriminatoria europea, no se han elaborado políticas de integración, y las políticas impulsadas (Reglamento, proceso de normalización) alivian algunos aspectos pero son continuistas en cuanto al modelo anterior.
Pedimos al gobierno estatal VALENTÍA POLÍTICA para pasar de las palabras a los hechos. Si se defiende el arraigo laboral, las políticas deben ser consecuentes con este concepto; si se defiende una democracia plural e inclusiva, hay que avanzar con decisión en temas tan significativos como el derecho al voto de las personas extranjeras. En materia de derechos humanos no caben medias tintas ni cálculos de costes electorales, sólo un compromiso firme en los hechos acompañado de una buena pedagogía social, como la que se ha hecho en otros temas.
Éste es nuestro décimo Informe, que presentamos anualmente de forma ininterrumpida desde 1996. En diez años, hemos visto cambiar mucho la realidad y bastante poco la manera de abordarla. El paisaje social ha cambiado, y hechos que antes parecían extraordinarios ahora son habituales. Pero al mismo tiempo, el racismo se ha ido consolidando en sus múltiples manifestaciones, y la capacidad de reacción de la opinión pública ha ido disminuyendo. Presentamos este décimo informe, pues, como una llamada a la sensibilidad y a la reacción, tanto individual como colectiva. Ante las imágenes de los campos de exterminio, el 60º aniversario de cuya liberación se conmemoró el año pasado, nos preguntamos: ¿cómo se permitió que ocurriera? Preguntémonos: ¿qué estamos permitiendo hoy?

Temas principales del Informe Anual 2005

1.¿Cómo se construye Europa?

- El futuro TRATADO CONSTITUCIONAL, en actual proceso de aprobación por parte de los estados miembros de la Unión Europea, considera ciudadanos europeos solamente a los nacionales de uno de los estados miembros, con lo que excluye a los más de 15 millones de ciudadanos extracomunitarios que residen de forma estable en la UE. Las políticas migratorias se sitúan en el apartado de seguridad, no hay mención a los ciudadanos extranjeros en el apartado inicial de derechos fundamentales.

- Esto responde a la DERECHIZACIÓN de la UE, que actualmente cuenta con una mayoría de gobiernos conservadores. Se refuerzan las normativas restrictivas de la UE y de algunos estados miembros, en retroceso en relación al modelo de DEMOCRACIA PLURAL E INCLUSIVA promovido por algunas instancias de la misma UE y por políticas de algunos países como Bélgica, donde se contempla el derecho a voto para los ciudadanos extranjeros.

- La UE tiende a desplazar el control de fronteras a los países exteriores, ya sea condicionando las ayudas de cooperación al control de salidas y a la readmisión de inmigrantes, ya sea instalando campos de internamiento de extranjeros fuera de sus fronteras, que vulneran la normativa internacional de derechos humanos. Durante 2004 se llevó a cabo un debate entre los estados de la UE sobre la posibilidad de EXTERNALIZACIÓN de los centros de internamiento para extranjeros a países fronterizos con la UE. Aunque esta cuestión ha sido aplazada temporalmente, por la oposición de estados como el español y Francia, Italia ejecuta actualmente esta medida mediante expulsiones a centros de internamiento en Libia, caso actualmente denunciado por SOS Racismo y otras asociaciones, como se amplía más adelante en el CASO A DESTACAR.

- La AMPLIACIÓN AL ESTE de la UE, a partir del 1 de mayo de 2004, no ha supuesto una libre circulación de los nuevos miembros, sino que se ha optado por restringir la libre circulación de los trabajadores del Este hasta 2011. La ampliación al Este evidencia la discriminación del PUEBLO GITANO en la UE, que constituye actualmente una población de más de 10 millones de personas, que continuará ampliándose con la futura incorporación de Rumania y Bulgaria.

- La EXTREMA DERECHA en la UE está adaptando su discurso, instrumentalizando el terrorismo fundamentalista para generalizarlo y basar su ideología racista en un tema que conecta con los temores sociales.

- En el proceso de armonización de las políticas europeas de inmigración y asilo, se coordinan las políticas de control de fronteras, pero no las políticas de integración y ciudadanía ni la lucha contra el racismo. Prueba de ello es, además del texto del Tratado Constitucional, el hecho de que muchos países miembros, entre ellos el estado español, no hayan incorporado aún a sus legislaciones y/o a su práctica política la DIRECTIVA ANTIDISCRIMINATORIA, de obligado cumplimiento.

- Caso a destacar:
UNIÓN EUROPEA. Octubre. Diez ONGs, entre ellas SOS Racismo, denuncian ante la Comisión europea al gobierno italiano. Durante la primera semana de octubre, las autoridades italianas expulsaron a Libia a más de 1.000 inmigrantes que habían desembarcado recientemente en las costas de Lampedusa. Antes de la expulsión, en el centro italiano se hacinaban más de 1.000 personas en un recinto previsto para 200, en unas condiciones higiénicas y de protección jurídica espantosas: dormían en el suelo sin techo ni manta, no podían comunicarse con el exterior, no tuvieron acceso a abogado y a intérprete, ni tampoco información sobre su suerte ni posibilidad de recurso. Las expulsiones se realizaron de forma colectiva, contraviniendo la Carta de Derechos fundamentales y el derecho de asilo. Aunque las autoridades italianas dijeron haber examinado individualmente los casos, no parece posible que se analicen más de 1.000 expedientes en un período de cuatro días, y los potenciales demandantes de asilo no pudieron ni tan siquiera presentar la solicitud. Los extranjeros fueron expulsados a un país que no ofrece garantía de protección de sus derechos. Según el testimonio de inmigrantes de Burkina, Eritrea y Nigeria recientemente expulsados, Libia detiene a los extranjeros para recluirlos en centros de internamiento militares, donde los intentos de evasión pueden acabar incluso en una ejecución sumaria y la práctica de torturas es habitual. Estas expulsiones convierten a Italia en corresponsable de las violaciones de derechos humanos que puedan sufrir los expulsados. Miembros de ACNUR, un europarlamentario y miembros de organizaciones de derechos humanos que intentaron acceder a información sobre estos hechos se encontraron con la negativa de las autoridades italianas. Después de semanas de investigación, y considerando que lo sucedido es de extrema gravedad y vulnera de manera flagrante la prohibición de expulsiones colectivas, la protección contra tratos inhumanos o degradantes y el principio de no retorno de los demandantes de asilo, diez ONGs decidimos denunciar las expulsiones ante la Comisión Europea, para que tome las medidas pertinentes contra el gobierno italiano, para que ningún estado europeo pueda vulnerar los derechos humanos, y para alertar del riesgo de que la Unión Europea traslade a países terceros, donde no hay ninguna garantía de respeto a estos derechos el control de sus fronteras. Las asociaciones demandantes son: Andalucía Acoge, Sevilla Acoge, Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, Federación de Asociaciones de SOS Racismo del estado español, ARCI (Italia), ANAFE (Francia), ASGI (Italia), CIMADE (Francia), GISTI (Francia) e ICS.

2.Pueblo gitano: el racismo por omisión

- La inexistencia de políticas específicas, de un análisis adecuado, y de un discurso basado en la integración y el desarrollo social y político del pueblo gitano, pone de manifiesto la desigualdad de este colectivo respecto al resto de ciudadanos, y su situación de omisión y olvido.

- Derechos tan esenciales como la educación, la vivienda o el trabajo, se ven afectados por esta situación de desigualdad y omisión. Existen algunas iniciativas positivas para favorecer el acceso a estos derechos, pero falta un proyecto global, en colaboración con el pueblo gitano, que reconozca su lengua y su cultura, y tenga en cuenta algunas especificidades:

- Son alarmantes las cifras de absentismo y abandono escolar: 8 de cada 10 alumnos dejan los estudios antes de los 14 años.

- No existen espacios dignos para ejercer el nomadismo, forma de vida de algunos gitanos extranjeros, que se ven empujados a la marginalidad y ven agravada su situación por los desalojos llevados a cabo por algunos ayuntamientos. Por ejemplo, en Barcelona varias familias fueron desalojadas de los campamentos donde vivían, donde sus hijos estaban escolarizados, sin recibir ninguna alternativa estable que paliase su situación, y expuestos a multas y al constante temor a un nuevo desalojo.

- El 80% de gitanos ejerce la venta ambulante como medio de subsistencia, pero el acceso a los permisos se hace cada vez más difícil y caro, lo que dificulta a los gitanos más jóvenes la inserción laboral.

1. La lengua romanó no se ve reconocida como lengua del Estado español, y por lo tanto, no consta en ningún programa de estudios.

2. Dada la gravedad de los hechos ocurridos en Cortegana (Huelva) a principios de 2005, hemos cambiado el CASO A DESTACAR incluido en el texto del Informe (caso de los desalojos en Barcelona) por éste:

3. CORTEGANA (HUELVA). Enero. Una manifestación de vecinos termina en un ataque violento contra familias gitanas. El Ayuntamiento de Cortegana convocó una manifestación bajo el lema “Por un pueblo más seguro. Justicia” en protesta por la muerte de un vecino. Un gran número de las 2.000 personas que acudieron a la manifestación se dirigió armado con palos al barrio de Las Eritas, donde viven 250 personas de etnia gitana. Los manifestantes volcaron coches, quemaron pajares y tiraron piedras al interior de las viviendas, atemorizando así a las familias que en ellas se encontraban. Los acontecimientos provocaron el inmediato rechazo de varias asociaciones, entre ellas Unión Romaní o SOS Racismo, que criticaron la falta de previsión del alcalde, Antonio Marín (IU), a la hora de convocar a un grupo de personas exaltadas por el delito acontecido y poniendo en peligro la vida de varias familias gitanas. La investigación iniciada por la Guardia Urbana concluyó en la detención de varios responsables, entre ellos el propio alcalde. El proceso judicial contra los imputados se encuentra actualmente abierto, y en él, varias asociaciones, entre ellas SOS Racismo, se ha presentado como acusación popular.

3.De una ley injusta no puede salir un buen reglamento

- La actual Ley de Extranjería (14/2003) fue aprobada a finales de 2003 por el Gobierno del PP con apoyo del PSOE, que esgrimía el argumento de evitar “males mayores”. Tras las elecciones de 2004, el nuevo Gobierno HA DESPERDICIADO LA OPORTUNIDAD de dar un giro de 180º a esta legislación restrictiva, y se ha centrado en la elaboración de su Reglamento de aplicación, que se ha planteado como una solución pero mantiene la ley y sus aspectos más cuestionados, como el acceso al padrón por parte de la policía, la responsabilidad de las compañías de transporte en el control de fronteras, o la negación a los trabajadores en situación irregular de los derechos de reunión, manifestación, sindicación y huelga. Ha habido un CAMBIO DE DISCURSO, con conceptos positivos como el de arraigo laboral, pero este discurso se ha visto acompañado por la FALTA DE VALENTÍA POLÍTICA para cambiar el modelo del PP, que se refleja en la continuidad de la Ley de Extranjería.

- SE MANTIENEN, por lo tanto, el bloqueo de las vías legales de entrada (fracaso del contingente, ausencia de otras vías) y el enfoque de la inmigración como un problema de orden público o como mano de obra. El PSOE ha recibido en herencia del PP más de un millón de personas en situación administrativa irregular, y ha intentado paliar esta situación a través de un proceso de normalización.

- Durante 2004, varias instituciones han reaccionado contra la Ley de Extranjería y la reforma del Código Penal elaboradas por el PP: por una parte, algunos ayuntamientos españoles se han negado a facilitar los datos del padrón a la Policía; por otra, el Tribunal Supremo dictó una sentencia contraria al artículo 89 del Código Penal, que permite la inmediata expulsión de una persona en situación irregular acusada (que no condenada) o castigada con penas privativas de libertad inferiores a seis años de prisión, sin tener en cuenta su arraigo en la sociedad.

- El actual PROCESO DE NORMALIZACIÓN (el cuarto en los últimos 15 años) finalizará el próximo 7 de mayo. Los datos (313.000 solicitudes presentadas, que no aprobadas, a principios de abril) demuestran que las expectativas del Gobierno, cifradas por el ministro Caldera en 800.000 regularizaciones, no se van a cumplir, por lo que, según las cifras oficiales de irregulares, QUEDARÁN SIN REGULARIZAR MÁS DE 700.000 PERSONAS, LA MAYORÍA DE LAS CUALES ESTÁN TRABAJANDO DE HECHO. Aunque la actual vigencia del proceso impide ofrecer datos definitivos, desde SOS Racismo observamos que:

1. Los REQUISITOS del proceso de regularización imposibilitan muchas regularizaciones: sólo se acepta el certificado de empadronamiento como acreditativo de residencia (hay dificultades para empadronarse en casos de pisos compartidos, personas que no se empadronaron tras la 14/2003 por miedo a ser descubiertas por la Policía y expulsadas, …), la regularización se ha puesto en manos exclusivamente de la voluntad de los empresarios, se exige un contrato laboral muy difícil de conseguir en determinados sectores, los certificados de penales en algunos consulados llegarán cuando ya haya finalizado el proceso,…

2. Durante el proceso han surgido PROBLEMAS Y NUEVOS REQUISITOS: expedición de volantes de empadronamiento en vez de certificados, petición de requisitos no exigidos previamente, retoques en algunos requisitos (ampliación de temporalidad en el sector agrícola), dificultades de tramitar documentos en los consulados y los ayuntamientos (cobro de los certificados penales y de los certificados de empadronamiento, lentitud en la realización de trámites, no expedición de certificados penales, etc.), …

3. Observamos en algunos casos FALTA DE FORMACIÓN del personal que gestiona el proceso, que se traduce en la no aceptación de documentos correctos o en errores que pueden afectar a casos concretos.

- El Gobierno ha anunciado la aplicación estricta de la ley tras el proceso de normalización, pero hay que recordar que este proceso dejará fuera a muchísimas personas que viven y trabajan en el estado español, y que las personas que se regularicen SÓLO TIENEN UN PERMISO DE UN AÑO, tras el cual volverán a la irregularidad si los empresarios no les garantizan la continuidad laboral. Todos aquellos ciudadanos que el 7 de mayo no hayan podido regularizar su situación, tendrán 15 días para abandonar el país. En aplicación del nuevo Reglamento, las únicas vías de regularización serán el contingente anual y el arraigo laboral (dos años de residencia y un contrato de trabajo por un año). Por lo tanto, recordamos que ES LA LEY QUIEN FUERZA A UNA ENTRADA IRREGULAR, Y QUIEN DIFICULTA LA REGULARIZACIÓN DE LAS PERSONAS QUE ENCUENTRAN TRABAJO UNA VEZ LLEGADAS. NO SE PUEDE CRIMINALIZAR A PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACIÓN DE IRREGULARIDAD CONTRA SU VOLUNTAD Y POR EFECTO DE LA MISMA LEY.

- Dado que la inmigración irregular tiene unas causas estructurales, derivadas de la normativa, el Gobierno del PSOE debe enfocar sus actuaciones en la defensa de los derechos humanos y la igualdad para todos los ciudadanos, independientemente del supuesto coste electoral que puedan suponer estas medidas, y debe acompañar estas medidas de una necesaria pedagogía social. Además, no debe someterse pasivamente a las líneas restrictivas europeas ni ceder a la presión de algunos países, que en este momento critican el proceso de normalización iniciado en el estado español como un riesgo de inseguridad y de desestabilización social en el resto de la UE.

- Caso a destacar:

ESTADO ESPAÑOL. Enero-Diciembre. Algunos Ayuntamientos no facilitarán los datos del padrón a la Dirección General de Policía. En la reforma de la Ley de Extranjería 14/2003, el Gobierno introdujo una Disposición adicional que faculta a la Dirección General de la Policía a acceder “a los datos de inscripción patronal de los extranjeros existentes en el padrón municipal”. El Ministerio del Interior no ha dictado por el momento ninguna instrucción o normativa adicional que establezca el sistema por el que se accederá a los datos. Durante el año 2004, diversos Ayuntamientos de Catalunya, País Vasco y Andalucía (Córdoba) han anunciado que se negarán a ceder los datos porque la medida vulnera el derecho a la asistencia sanitaria y a la educación gratuita de los extranjeros en situación irregular, ya que necesitan estar empadronados para poder ejercerlos, y este control policial provocará que no se empadronen por miedo a ser expulsados; porque la medida vulnera la autonomía de los Ayuntamientos y de la Ley de Protección de Datos; y porque comporta una segregación jurídica y una discriminación de los extranjeros frente a la Administración. La mayoría de Ayuntamientos coincidieron en no facilitar los datos de manera indiscriminada, y que, en cualquier caso, exigirán una orden judicial. Desde el punto de vista de la Agencia de Protección de Datos, la normativa se ajusta al derecho pero un acceso indiscriminado se podría considerar excesivo. La Diputación de Barcelona facilitó a los municipios un informe jurídico en el que se asegura que el Ministerio del Interior sólo podrá acceder a datos del padrón en caso de que demuestre por escrito que persigue una conducta delictiva, pero nunca para localizar a un inmigrante en situación administrativa irregular. El informe advertía a los Ayuntamientos de que no sólo pueden negarse a facilitar los datos, sino que deberían hacerlo para cumplir con la legalidad, ya que podrían enfrentarse a sanciones por incumplimiento de la Ley de Protección de Datos. El Gobierno, por su parte, recurrió contra las medidas adoptadas por algunos de los Ayuntamientos catalanes ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), porque considera que contradicen la Ley de Extranjería.

4.Inmigrantes en situación irregular, ciudadanos sin derechos.

- El aumento del número de PERSONAS FALLECIDAS en el Estrecho, 289 registradas por APDHA durante 2004, sin contar aquellas desaparecidas por el camino, se relaciona directamente con el endurecimiento del control de las fronteras mediante mecanismos que incrementan el riesgo de sus viajes:

1. La coordinación de las fuerzas de seguridad marroquíes y españolas provoca que las mafias organicen viajes desde el Sahara Occidental, con rutas más largas y peligrosas.

2. La aplicación del Sistema Integrado de Vigilancia del Estrecho (SIVE) a toda la costa andaluza no se ha acompañado con una mejora de las tecnologías de rescate, por lo que la intercepción de las pateras por medio de voluminosas lanchas oficiales, aumenta el riesgo de naufragios.

- Aquellos que consiguen sobrevivir, sufren la inmediata DEVOLUCIÓN o, en su defecto, la inmediata apertura de un expediente de expulsión y el ingreso por un máximo de 40 días en un centro de internamiento, donde no está garantizada la presencia de un abogado de oficio, la atención médica apropiada, ni una alimentación suficiente, y donde se han producido insultos y agresiones por parte de algunos guardias.

- Los TRASLADOS efectuados por el Gobierno (6.000 durante 2004) no están acompañados de políticas de integración. Sólo pretenden descomprimir el número de personas inmigrantes en Canarias sin estar acompañados por políticas coordinadas con la Península, lo que aboca a estas personas al abandono.

- MARRUECOS aprobó una Ley de Extranjería al mismo tiempo que firmó el convenio de devoluciones con el estado español. Actualmente, en Marruecos la inmigración irregular es considerada delito, por lo que aquellas personas que son devueltas pueden ser encarceladas, se les realiza un juicio rápido sin garantías procesales y sin posibilidad de recurrir, y a algunos ciudadanos subsaharianos se les abandona en la frontera de Argelia sin documentación y en situación de total desamparo.

- La política de EXPULSIONES no afecta a todos por igual, sino que depende de si existe convenio entre el estado español y el país de origen. Éste es el caso de Rumanía o Marruecos, pero muchos otros quedan estancados en una situación que no les permite regularizar su situación y conseguir un trabajo y unas condiciones de vida dignas, pero tampoco les permite regresar a sus países. El hecho de que las expulsiones se ejecuten según la ley de extranjería por la vía preferente comporta que se realicen en 48 horas sin las suficientes garantías jurídicas, ya que no hay suficiente tiempo para presentar alegaciones. Se vulnera así el derecho a la tutela efectiva.

- Caso a destacar:

CEUTA. Diciembre. Expulsión irregular de nueve solicitantes de asilo. Efectivos de la Guardia Civil ejecutaron una operación represiva que acabó con la expulsión de nueve personas de origen subsahariano, entre ellas un menor. Algunos de los solicitantes de asilo habían formalizado su solicitud y, otros, tenían pedida la cita para formalizarla. Los ciudadanos expulsados denunciaron una presunta intervención violenta por parte de los agentes, que además les quitaron la documentación, los pantalones y los zapatos. Varias asociaciones, entre ellas CEAR, Amnistía Internacional o SOS Racismo, solicitaron una investigación a fondo de los hechos ocurridos, así como que el Gobierno español adopte medidas urgentes para erradicar este tipo de discriminaciones y garantizar el derecho de asilo para todas las personas, en base a la normativa española e internacional (Constitución española, Convención de Ginebra de 1951, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención de las Naciones Unidas de Derechos del Niño, Ley de Asilo, etc.). También se presentó ante los Juzgados de Ceuta un recurso contencioso administrativo de protección de los derechos fundamentales de las personas expulsadas, al haberse violado derechos tan importantes como la libertad individual o el derecho a la tutela efectiva.

5.La alarmante situación de los menores en situación irregular

- Para el presente Informe, SOS Racismo ha realizado un ESTUDIO DE CAMPO EN MARRUECOS donde se han constatado graves vulneraciones de derechos en las repatriaciones de menores extranjeros. Se vulneran la Ley del Menor y la Convención de las Naciones Unidas de Derechos del Niño. El nuevo Fiscal General derogó en 2004 la Instrucción 3/2003 por la que los menores que cruzaban el Estrecho debían ser tratados como adultos y, por lo tanto, ser expulsados en 48h. Esta Instrucción incumplía la base del derecho de menores, que establece que la protección del menor es siempre prioritaria, y en consecuencia la condición de menor prevalece sobre la de extranjero. En substitución se aprobó la Instrucción 6/2004, más proteccionista. Sin embargo, el Memorándum de entendimiento entre Marruecos y el estado español sobre repatriación asistida de menores no acompañados, firmado en 2003, no garantiza el interés primordial del menor, ya que se han detectado numerosos casos de devoluciones a las autoridades marroquíes en que no se contacta con las familias, se deja al menor en situación de desamparo, se le multa por haber emigrado y se le maltrata. Este Memorándum, que permite el acceso policial a los centros de acogida de menores, ha provocado la fuga de muchos de ellos por miedo a ser expulsados, y ha creado una desconfianza hacia estos centros que contradice totalmente su objetivo de integración.

- Se sigue detectando un incumplimiento de la Ley de Extranjería y de la Ley de protección del menor por parte de las Administraciones autonómicas que no tramitan con la debida celeridad los PERMISOS DE RESIDENCIA de los menores que tienen bajo su tutela. De esta manera, cuando los menores llegan a la mayoría de edad pasan a una situación de irregularidad administrativa como consecuencia de la dejación de la Administración, y se ven empujados a la exclusión social y a la explotación laboral.

- Caso a destacar:

MADRID. Agosto. Mil menores extranjeros no acompañados viven en la calles de Madrid. Un informe financiado por la Obra Social Caja Madrid denunció que al menos 1.000 menores extranjeros no acompañados viven en las calles de la capital en una situación de desamparo. Con una edad media de 17 años, la mayoría de ellos proceden de África, fundamentalmente de Marruecos. Presentan un bajo nivel educativo y hábitos laborales no muy definidos. Sus aspiraciones son muy bajas y su situación de desarraigo provoca que su principal punto de apoyo sea un grupo de iguales. Todo ello hace que se sitúen en niveles educativos y de madurez más bajos de los que les corresponderían a su edad. La mayor llegada de menores se produjo entre 1996 y 1998, y esta cifra ha ido incrementándose cada año. En el año 1999 se registraron en la red de protección de la comunidad 868 ingresos, 652 en 2000, 680 en 2001 y 703 en 2002. De los 115 expedientes presentados ante la Delegación de Gobierno de Madrid en el año 2000, se resolvieron 30 y fueron reagrupados ocho menores.

6.Violación de los derechos sociales

Laboral

- Durante 2004, nuestra Oficinas de Información y Denuncias han recibido NUMEROSAS DENUNCIAS de trabajadores en situación administrativa irregular que han sido sometidos a explotación laboral por parte de los empresarios: impago de salarios, largas jornadas de trabajo y precariedad laboral.

- Aquellos que tienen regularizada su situación han sufrido igualmente discriminaciones en los anuncios de ofertas laborales, y despidos después de un accidente laboral o como consecuencia de los atentados del 11M.

- Vuelven a quedar patentes los límites de la contratación en origen:

- El fracaso del contingente anual queda demostrado ante las altas cifras de extranjeros contratados de manera ilegal en sectores como la agricultura, la construcción y el turismo.

- Se procede a contratar personas en origen cuando aquí existe más de un millón de personas en situación administrativa irregular, demandantes de trabajo.

Educación

- La Ley de Extranjería sólo garantiza el ACCESO de los menores en situación irregular a la educación obligatoria. El nuevo Reglamento deja a discreción de las Comunidades Autónomas la concesión o denegación del acceso a la Educación Secundaria no obligatoria. En lugares como la Comunidad Valenciana, Madrid o Zaragoza, este acceso no está permitido.

- Continúa el DESEQUILIBRIO entre el volumen de estudiantes extranjeros matriculados en la escuelas privadas y concertadas y el de las escuelas públicas.

- En la actual fase migratoria, muchos extranjeros intentan reagrupar a sus familias, aunque el derecho a vivir en familia se ve restringido por la ley, que lo vulnera como medio para el control de flujos. La llegada de nuevo alumnado hace necesaria una fuerte INVERSIÓN por parte de las administraciones para garantizar la incorporación al sistema educativo y la igualdad de oportunidades de los nuevos alumnos.

Vivienda

- Nuestras Oficinas de Información y Denuncias han recogido algunas DENUNCIAS de propietarios y agencias inmobiliarias que han rechazado la solicitud de alquiler de una persona solamente por su origen.

- Además se les exigen requisitos económicos difíciles de conseguir para aquellos inmigrantes en situación administrativa irregular que no pueden presentar un contrato de trabajo y se ven empujados al hacinamiento o a viviendas sin cédula de habitabilidad, lo que, a su vez, les imposibilita el empadronamiento.

Sanidad y Servicios Sociales

- Uno de los pocos derechos que se han mantenido de la Ley de Extranjería 4/2000 es el acceso a la sanidad y a los servicios sociales para todos los extranjeros en función del EMPADRONAMIENTO. Aquellas personas que no se empadronaron por miedo a la aplicación de la Ley 14/2003, no tienen acceso a estos servicios.

- Es necesaria la creación de PROGRAMAS de salud específicamente dirigidos a la población inmigrante, que según los últimos datos médicos, ha desarrollado enfermedades relacionadas con el desarraigo (síndrome de Ulises) o directamente asociados con la situación socioeconómica (tuberculosis).

- Caso a destacar:

CATALUNYA. Noviembre. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya anula un decreto de la Generalitat que facilita el acceso de los extranjeros en situación administrativa irregular a la enseñanza gratuita. Un artículo del citado decreto fue recurrido por el abogado del Estado al considerarlo contrario a la Ley de Extranjería. Ésta sólo habla del derecho de los inmigrantes a acceder a la educación obligatoria, pero no de la posibilidad de que los inmigrantes en situación administrativa irregular puedan acceder a la enseñanza no obligatoria de manera gratuita. En el nuevo Reglamento de la Ley se incluye una disposición que permite a las Comunidades Autónomas decidir si facilitar o no, el acceso de extranjeros menores de edad que estén empadronados a niveles de enseñanza postobligatoria no universitaria. SOS Racismo denunció la “falta de valentía política” del Gobierno para reformular una ley injusta y dejar en manos de la discrecionalidad, en función de la voluntad política de los gobiernos autonómicos el cumplimiento de un derecho fundamental.

7.La vergüenza de pertenecer a una sociedad discriminatoria

- El discurso político utilizado por el PP durante los últimos años ha sesgado la visión del fenómeno migratorio en el estado español: asociando al conjunto de inmigrantes con la inseguridad y la delincuencia, y a los ciudadanos musulmanes directamente con el terrorismo fundamentalista, cuestionando el derecho de los extranjeros en situación irregular al acceso a la sanidad pública, o más recientemente, fomentando el temor a un “efecto llamada” del proceso de normalización, con objetivos electoralistas.

- Una reciente encuesta del CIS ha revelado que durante los ocho años de legislatura del PP, el racismo aumentó del 8 al 32%, principalmente contra la población inmigrante. Tras un año de Gobierno del PSOE, ha habido cambios en el discurso, pero es necesario plantear un cambio político coherente con las palabras.

- El discurso político racista, así como un tratamiento informativo distorsionado por parte de algunos medios de comunicación, han reforzado el aumento del rechazo de la sociedad receptora hacia el colectivo inmigrante. Influenciada por el discurso ambiental, parte de la sociedad culpabiliza a la llegada de inmigración de la delincuencia, de la precariedad del empleo y de la escasez de recursos sociales. Muestra dramática de ello es el INCENDIO DE ELCHE (Alicante), en el que cientos de trabajadores de la industria del calzado prendieron fuego a un almacén de calzado regentado por chinos, a los que culpaban de la crisis laboral y del aumento de desempleo del sector.

- Los atentados del 11M no originaron un brote xenófobo inmediato, pero acentuaron la desconfianza previa hacia la población musulmana. Hemos conocido este año varios casos de vecinos que se han manifestado en contra de la apertura de locales islámicos, como la mezquita de Santa Coloma de Gramenet (Barcelona), vulnerando así el derecho al culto de ese colectivo.

- Además del cambio de discurso, es necesario un aumento sustancial de los PRESUPUESTOS SOCIALES, que en el estado español se encuentran muy por debajo de la media europea, y huir de planteamientos paternalistas. Sólo presupuestos suficientes y orientados a la autonomía (es decir, que combatan las causas de la exclusión social) pueden frenar el preocupante avance del racismo social.

- Caso a destacar:

ELCHE (ALICANTE). Septiembre. Comerciantes de la localidad incendian un almacén de calzado asiático. Un centenar de empresarios y trabajadores de la industria del calzado se concentraron en un polígono industrial para protestar por la presencia de negocios de calzado, regentados por ciudadanos de origen asiático. Los manifestantes, al tiempo que gritaban insignias racistas, como “chinos fuera”, lanzaron piedras, quemaron algunos contenedores y la mercancía de un camión. El fuego afectó a dos naves propiedad de empresarios de origen chino. Los graves incidentes han atemorizado a la comunidad asiática de la localidad y denuncian la pasividad policial ante los hechos. Incluso el cónsul chino en el estado español pidió al Ministerio de Interior más protección. Hasta la fecha han sido detenidas nueve personas, cuatro de ellas menores de edad, por su supuesta participación en los disturbios. Por su parte, SOS Racismo denunció que se estaba culpabilizando a ciudadanos de un origen concreto, cuando el verdadero problema debe relacionarse con una crisis laboral del sector. Para la asociación, esta crisis es utilizada por grupos de extrema derecha para promover la insolidaridad, el enfrentamiento y la xenofobia. Solicitaron al pueblo de Elche y a las autoridades locales, autonómicas y estatales que tomasen medidas inmediatas contra los brotes racistas.

8.Malos tratos y abusos de cuerpos de Seguridad

- Hemos seguido recibiendo en 2004 numerosas DENUNCIAS por abusos de cuerpos de seguridad: detenciones irregulares donde no se leen los derechos, no solicitud de abogado de oficio cuando corresponde, insultos, amenazas y agresiones físicas.

- Estos abusos se producen en un clima de IMPUNIDAD, reforzado por la aplicación de la Ley de Extranjería, que persigue a las personas en situación irregular, y por la dificultad de ir a juicio ante un abuso, ya que algunas personas tienen miedo a ser expulsadas y deciden no denunciar los hechos.

- Incluso si se denuncia, en la mayoría de casos los agentes denuncian a la víctima por desacato o resistencia a la autoridad, y ante la falta de testigos el abuso queda impune. En las denuncias que han prosperado, el papel de los testigos es muy importante, por lo que instamos a toda la sociedad a colaborar para frenar estos abusos.

- Caso a destacar:

SANTA COLOMA DE GRAMENET (BARCELONA). Julio. OID. Investigan a 11 Mossos d’Esquadra por detención ilegal, lesiones, vejaciones y homicidio imprudente. Los hechos se produjeron durante un registro domiciliario, donde un ciudadano de origen magrebí falleció a consecuencia del disparo de un agente. La denuncia fue tramitada por los compañeros de piso del fallecido. Los agentes declararon en el juicio que la víctima les agredió al entrar en el domicilio, pero los testigos presenciales aseguraron que no tuvo tiempo de levantarse de la cama cuando recibió un disparo en el cráneo. El juez ha decretado el secreto de sumario respecto a las diligencias por un delito de homicidio imprudente y ha abierto nuevas diligencias contra el resto de los policías que intervinieron en las detenciones, porque consideró que se pudo producir un trato agresivo por parte de los agentes, que podrían ser constitutivos de delitos de lesiones y detención ilegal. Cinco entidades cívicas presentaron otra querella solicitando personarse en la causa como acción popular. Por su parte, SOS Racismo participó mediante el Plan de Ciudadanía de Santa Coloma y reclamó que la Conselleria de Interior investigase lo sucedido. Paralelamente, la asociación consiguió que el Ayuntamiento hiciese el seguimiento y contactase con la familia para regularizar su situación. En el transcurso de 2005, el informe realizado por el forense ha revelado que la víctima no tuvo tiempo de defenderse y que recibió un disparó en la nuca. Esta nueva información, contraria a la versión ofrecida por las autoridades ha abierto nuevas líneas de investigación.

9.Extrema derecha y neonazismo: la amenaza del racismo explícito

- Los grupos de extrema derecha han focalizado su objetivo en la población musulmana, alimentado por los atentados del 11M, la detención de terroristas fundamentalistas o la detención del Imán de Fuengirola.

- Han ampliado sus vías propias de expansión y ya cuentan con 400 páginas web en castellano. Además, cada vez más utilizan espacios más comunes, como foros de servidores como Terra, para ampliar el número de reclutados.

- Las manifestaciones racistas públicas en los campos de fútbol se han visto reforzadas por las declaraciones discriminatorias de dirigentes deportivos, que deben asumir su responsabilidad y su influencia sobre amplios sectores de la población. Estas manifestaciones racistas se ven además favorecidas y legitimadas por algunos clubes, que les ofrecen espacios en los campos y en sus páginas web. El Gobierno y las autoridades futbolísticas han empezado a multar a clubes y a aficionados por estas actitudes, pero es necesario reforzar esta lucha con un compromiso global y firme contra el racismo en los estadios.

- En general, es necesaria una coordinación entre diferentes agentes sociales: administraciones, educadores, cuerpos de seguridad, jueces, etc. para la erradicación de la violencia neonazi, y no menospreciar el origen racista de algunas actuaciones y sus consecuencias en la sociedad.

- Caso a destacar:

MADRID. Octubre-Noviembre. Se anula la sentencia del caso de Costa Polvoranca por irregularidades en el juicio. El año 2002, un joven, miembro de un grupo ultraderechista, fue acusado de asesinar con arma blanca a un menor angoleño en la zona de bares Costa Polvoranca, donde el acusado trabajaba de portero. El Fiscal pidió 13 años de prisión por delito de homicidio, pero la acusación particular (padres de la víctima) y la acusación popular (Asociación Movimiento contra la Intolerancia) solicitaron 20 años por agravante de móvil racista. En el juicio el acusado negó ser el autor material del crimen e inculpó a un compañero que se había suicidado el día después del incidente. La Audiencia Provincial de Madrid lo absolvió unánimemente y fue puesto en libertad, ya que consideraron que las declaraciones de los testigos que comparecieron en contra del acusado no tenían valor suficiente. Al escuchar la sentencia, el acusado amenazó públicamente al presidente de Movimiento contra la Intolerancia. Las acusaciones particular y popular recurrieron el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia, por considerar la sentencia “injusta e incongruente”. Unas semanas después del juicio, el juez presidente de la Sección Quinta de la Audiencia de Madrid denunció que dos de los testigos que habían facilitado la coartada del acusado, habían declarado bajo amenazas. La Fiscalía recurrió el fallo y pidió la nulidad y repetición del juicio. Durante todo el proceso, Movimiento contra la Intolerancia convocó varias manifestaciones en apoyo a los padres de la víctima y exigiendo “el derecho a un nuevo juicio en el que se dicte un veredicto motivado, que se resuelvan los recursos que se han presentado y que el Estado garantice que no quede ningún crimen sin sanción”. Finalmente el juicio fue anulado y se aprobó una repetición. El acusado estuvo en situación de búsqueda y captura durante este periodo, pero finalmente se entregó a las autoridades para enfrentarse de nuevo al juicio por asesinato.

Propuestas de SOS Racismo

1.Formación en derechos humanos para todo el personal que trabaja en Administración y cuerpos de seguridad, con la máxima urgencia para las personas que tienen trato directo con población inmigrada y pueblo gitano.

2.Puesta en práctica urgente del Consejo para la Igualdad de Trato, organismo previsto por la directiva europea antidiscriminatoria 2000/43/CE, cuyo desarrollo efectivo aún no se ha realizado a pesar de ser de obligado cumplimiento. El Consejo debe ser efectivo y estar dotado de los recursos necesarios.

3.Flexibilización del proceso de normalización, para permitir la regularización de todas aquellas personas que trabajan y/o viven de forma estable en territorio español:

- Flexibilización de los requisitos

- Ampliación de los plazos

-Ampliación de la regularización a los familiares directos.

4.Ampliación del concepto de arraigo en la normativa de extranjería:

- Eliminación de las restricciones que afectan a los menores

- Reducción de los períodos de residencia exigidos

- Consideración del arraigo laboral, y también del arraigo social.

5.En materia de expulsiones e internamiento, retorno al texto de la ley 4/2000, según la cual el hecho estar en situación irregular no puede ser motivo de expulsión ni de reclusión en un centro de internamiento.

6.Inicio del proceso de modificación de la Constitución que permita hacer efectivo el derecho al voto de las personas extranjeras. Mientras no se desarrolla, firma de tratados de reciprocidad con los países mayoritarios de procedencia.

7.Combatir la externalización del control de fronteras y de la política migratoria. Revocación de los acuerdos con Marruecos que provocan vulneraciones de los derechos humanos. En el marco de la Unión Europea, mantener la oposición a la externalización de campos de internamiento, respeto a la legalidad internacional y protección del derecho de asilo.

8.Restablecimiento de los derechos fundamentales anulados por la ley 8/2000 (reunión, sindicación, manifestación, asociación y huelga) sin esperar a la sentencia del Tribunal Constitucional.

9. Acabar con las repatriaciones sin garantías de menores extranjeros.

10.Revocación de la posibilidad de acceso policial a los datos del padrón, permitido en la Reforma de la Ley de Bases de Régimen Local, equiparando las condiciones de acceso a las de los ciudadanos nacionales.

11.Revocación de la potestad de las compañías de transporte en el control de fronteras para actuar como policía de aduanas.

12.Suspensión de las órdenes de expulsión no ejecutadas. Anular todas las órdenes no ejecutadas actuales, y establecer la anulación automática de todas las que no sean ejecutadas en 40 días.

13.Garantía del derecho efectivo al asilo, ante los obstáculos que impiden incluso la salida del país del demandante y la presentación de la solicitud, y transfieren la responsabilidad a las compañías de transporte.

14.Revocación de las normativas discriminatorias que están incluidas en otras normativas diferentes a la Ley de Extranjería. Éste es el caso de:

- El Código Penal, que establece que la autoridad gubernativa podrá proponer la expulsión inmediata del inmigrante acusado (no condenado) por un delito o falta castigado con penas privativas de libertad inferiores a 6 años, y el juez sólo goza de tres días para frenar la expulsión. Se vulnera el principio de presunción de inocencia.

- La posibilidad de sanción a aquellos que presten ayuda a los inmigrantes en situación irregular establecida en el Código Penal.

- La Ley de Procedimiento administrativo, que establece un régimen distinto y discriminatorio de los extranjeros respecto al resto de los ciudadanos.

15.Aumento de los presupuestos sociales para evitar reacciones xenófobas originadas por la competencia de recursos.

16. Ante la islamofobia, combatir la generalización y la criminalización colectiva en el marco de un estado aconfesional cuya Constitución garantiza la libertad de culto. Los conflictos por la instalación de mezquitas deben ser abordados desde el respeto estricto a la libertad de culto.

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