Testing-aren praktika Bilbon etorkinek eta errefuxiatuek etxebizitza bilatzerakoan nozitzen duten diskriminazioaren ikerketan

Mugak Port58

SOS Racismo - CEAR-Euskadi

Introducción

La vivienda es uno de los factores fundamentales cuando hablamos de integración social. Más allá de la consideración de la vivienda como una necesidad básica que posibilita una vida digna (Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos), la vivienda se convierte para las personas migrante, refugiadas y apátridas en un requisito básico para su vida en el país. Así, el empadronamiento se convierte en la primera condición necesaria para acceder a la tarjeta sanitaria y los recursos sociales, también para iniciar el proceso de regularización administrativa. La posesión de un alojamiento adecuado es necesaria si se quiere iniciar una reagrupación familiar, convirtiéndose la vivienda, por todo ello, en uno de los cimientos básicos de la integración social de estas personas. Se podría afirmar que la vivienda, por sí sola, no garantiza la integración social de las personas extranjeras, pero es conditio sine qua non para poder conseguirla.

Sin embargo, lejos de mejorar, el acceso a un alojamiento cada vez se hace más difícil a las personas extranjeras. A la escasa oferta de vivienda en alquiler, unos precios abusivos, una política de vivienda pública orientada a la venta, un mercado de compra inaccesible y una precarización del empleo, se le une la discriminación existente en personas propietarias e inmobiliarias que niegan el acceso a la oferta de alquiler de vivienda a las personas por su origen o color de piel, como se ha puesto en evidencia el testing que da origen a este artículo.

A pesar de la conciencia que existe sobre la problemática de acceso a la vivienda, cada vez son menos las personas extranjeras que acuden a informar de situaciones de discriminación en su acceso a una vivienda. Se trata de una peligrosa señal de la naturalización de la discriminación. Se asume que en la búsqueda de vivienda se van a encontrar con personas e inmobiliarias que no les van a querer alquilar por el hecho de ser extranjeros, y dicha realidad es interiorizada por estas personas como algo normal que sucede cuando buscas un alojamiento.

Diversos organismos de las Naciones Unidas han llamado la atención sobre ésta problemática. Así el Relator de la ONU para una vivienda adecuada (Kothari, 2006), afirmó que:

“El Relator especial recomienda que se adopten todas las medidas posibles para velar por la igualdad de oportunidades en el acceso a la vivienda y para implantar mecanismos sólidos que documenten la discriminación en el acceso a la vivienda, con inclusión de instrumentos estadísticos” (p. 30).

También el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en su resolución 6/27, titulada “La vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado” el 14 de diciembre del 2007, insta a los Estados a:

“Hacer plenamente efectivo el derecho a una vivienda adecuada, sin discriminación de ningún tipo por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, discapacidad, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, condición económica, nacimiento u otra condición”.
Por eso es necesaria la visibilización de las conductas discriminatorias en el acceso a una vivienda mostrando su anormalidad y consecuencias. Para ello nos plantemos como objetivos visibilizar y constatar la situación de discriminación así como las estrategias disuasorias del mercado inmobiliario, analizar el trato que dan las inmobiliarias a las personas extranjeras y realizar propuestas de trabajo políticas, jurídicas y sociales para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a una vivienda.

Metodología

Para acercarnos a los citados objetivos, desde SOS Racismo Bizkaia y CEAR-Euskadi diseñamos un testing. Se trata de una prueba empírica en el que se presentan diferentes personas o grupos con características idénticas en su acceso a un determinado servicio de modo que si existe un trato desigual, éste sólo pueda responder a un motivo claro de discriminación.

La organización del testing a las inmobiliarias se puede ver en el siguiente esquema:

Testing Inmobil Bilbo 1 W

Resultados

Número de pisos ofertados

El resultado principal del testing es que a las personas autóctonas les ofertaron 102 pisos por tan sólo 20 y 23 a las personas migrantes y refugiadas. Eso supondría que, de partida, el mercado de alquiler se reduciría en un 80% para las personas extranjeras.
Partiendo de una definición de discriminación como el tratamiento diferencial de las personas de acuerdo con su clasificación como miembros de categorías particulares tales como la raza, sexo, edad, etc. (Gimenez y Malgesini, 2000). La diferencia de pisos ofertados muestra un trato diferencial en base al lugar de procedencia, lo que confirma la existencia de discriminación.
Los resultados muestran un doble listado en las inmobiliarias de acuerdo a criterios de procedencia, ya que las personas relatan las mismas condiciones socioeconómicas pero reciben un número diferente de oferta de pisos, confirmando que la dimensión étnica racial media en el acceso a una vivienda por encima del poder adquisitivo (Darinka, 2007).
Si tenemos en cuenta que las condiciones de empleo y sueldo que relataban las personas eran muy ventajosas frente a las condiciones laborales de precariedad y alta vulnerabilidad de las personas extranjeras, la importancia de los resultados se agrava. Así, nos encontramos con un sector importante de la población que sufre una exclusión radical de un ámbito fundamental para el desarrollo de la persona como es el de la vivienda. Las repercusiones de dicha exclusión traspasan lo individual y hunden sus raíces en los social fomentando la creación de un mercado dual de vivienda que a su vez determina actitudes de rechazo (Achón, 2004), generación de procesos de exclusión residencial (Cortes, 2007) y segregación residencial (Checa, 2007).

Precio y ubicación de los pisos ofertados

Una de las hipótesis de la investigación era que la oferta de alquiler a la personas migrantes, refugiadas o apátridas se concentra en las zonas de mayor proporción de personas extranjeras en Bilbao, precisamente los barrios en los que la vivienda se encuentra deteriorada, con edificaciones viejas y en los que las administraciones han puesto menos empeño en cuidar, resultando altamente estigmatizados por la población autóctona. Las manifestaciones más claras de esta exclusión residencial son (Solé y Flaquer, 2005) la segregación espacial (distribución de la vivienda que las personas inmigrantes ocupan en el espacio urbano), la sobreocupación de viviendas (consecuencia y manifestación de la exclusión residencial) y la segmentación residencial (impidiendo el acceso de los colectivos de personas migrantes a determinados segmentos de la oferta y configurando otro propio)

La selección de la muestra de inmobiliarias para la realización del testing ha condicionado la distribución de los pisos ofrecidos, ya que en la mayoría de los casos éstos se sitúan en la zona de influencia de la inmobiliaria aunque puedan manejar una cartera más amplia. Por otra parte, la diferencia entre el número de pisos ofrecidos a las personas nacionales y las extranjeras impide sacar conclusiones estadísticamente significativas aunque a lo largo del testing sí se han podido comprobar algunas prácticas que pueden generar una segmentación espacial del mercado de alquiler, como recomendar a las personas extranjeras dirigirse a barrios menos céntricos para encontrar una oferta más adecuada.
Con respecto al precio de los pisos es positivo destacar que no se ha detectado ningún caso de inmobiliaria que ofrezca para un mismo piso precios diferentes a la persona autóctona y a la extranjera, aunque el precio de los pisos ofertados a las personas nacionales es, en la mayoría de los casos, menor que el de los pisos ofertados a las personas de África Subsahariana y Magreb.

Condiciones para el alquiler

Se ha requerido aval bancario en un total de 17 ocasiones: A los nacionales se les ha pedido 7 veces, lo que supone en términos porcentuales el 7% de las ocasiones en las que se les ha ofertado un piso; en 6 a las personas subsaharianas, lo que significa un 26%, y en 4 a los magrebíes, un 16%. El número de ocasiones en la que se requiere aval bancario a las personas nacionales es proporcionalmente inferior al número de ocasiones en que se requiere a los otros dos grupos. Esto podría deberse, al menos, a dos factores: que a las personas extranjeras se les ofrezcan en mayor proporción los pisos que requieren aval bancario o que a las personas extranjeras se les requiera avales que no son requeridos a las personas autóctonas. Con respecto a la última hipótesis no se ha encontrado en el testing ningún piso donde el aval bancario sea requerido a la persona extranjera y no a la nacional, lo que nos lleva a apoyar la primera hipótesis, lo que supone una dificultad importante a la hora de alquilar piso para las personas extranjeras.

Lo mismo ocurre en cuanto a la petición de nómina, agravado en este caso porque las diferencias son todavía mayores. Cabe señalar el caso de las personas magrebíes que, a pesar de ser el colectivo al que más veces se le requiere nómina, apenas recibe un cuarto de las ofertas de alquiler.

Testing Inmobil Bilbo 2 W

La petición de nómina como única posibilidad de demostrar ingresos deja fuera a un sector de la población extranjera que sufre precariedad laboral (por ejemplo, aquellos que no disponen de un contrato y trabajan en servicio doméstico o en cuidado de personas), o aquellas que en la actualidad no trabajan pero cuentan con ingresos (por ejemplo, las personas que reciben una prestación económica), haciendo que su única posibilidad de acceso a un alojamiento sean las habitaciones de alquiler, cuando podrían acceder a un piso compartido.

Desarrollo de la entrevista

Todas las entrevistas fueron grabadas y su contenido analizado con posterioridad. Otro aspecto a destacar es que a las personas nacionales solamente en dos ocasiones se le pregunta por su situación laboral y monto de ingresos, mientras que en el caso de las magrebíes se pregunta en 8 ocasiones y en el de las de África Subsahariana, en 11. Porcentualmente vemos que los pisos ofrecidos cuando se realiza la pregunta suponen más de la mitad del total a las personas de África Subsahariana y Magrebíes, mientras que en casi el 90% de los pisos ofrecidos a las personas autóctonas no se les pregunta por el trabajo y los ingresos.

Las entrevistas también han detectado que en algunos casos se ha mostrado un prejuicio sobre el número real de personas que van a vivir en el piso. La advertencia de que el dueño del piso no quiere más de dos inquilinos, en ningún caso se menciona para a las personas nacionales. Lo mismo ocurre con las ayudas sociales, donde únicamente se ha preguntado a las personas extranjeras si cobran alguna ayuda o se les ha dado a entender en la entrevista que, para alquilar el piso, no se puede estar cobrando ninguna ayuda.

A la salida de cada entrevista, se apuntaba el recibimiento que se había tenido en la inmobiliaria. Los datos muestran claramente que las personas extranjeras sufren en una mayor medida algún tipo de trato negativo durante las entrevistas, ya que sólo 2 nacionales sufrieron un trato inadecuado durante las entrevistas, mientras en el caso de las personas extranjeras tenemos un total de 22 actitudes negativas.

En el trato recibido por parte de las personas extranjeras se resaltan algunas cosas que no habían sucedido cuando entraba la persona autóctona como: “le han respondido en la puerta, ni siquiera se ha podido sentar”, “no le abren la puerta, le dan la información por el telefonillo”, “no le dejan entrar, le dicen que sólo alquilan pisos para empresas”, “después de esperar 30 minutos le atienden”, “le dice que busque en Internet”, “le atiende de pie en el mostrador, le dice que no hay nada de nada y le propone que vaya a otros barrios”.

Conclusiones

Se confirma que las personas migrantes, refugiadas y apátridas reciben una oferta menor de viviendas en régimen de alquiler que las personas autóctonas. Concretamente, a las personas autóctonas les han ofertado 102 pisos por tan sólo 20 y 23 a las personas extranjeras. Dicha diferencia muestra un doble listado en las inmobiliarias de acuerdo a criterios de procedencia, ya que las personas relatan las mismas condiciones socioeconómicas pero reciben un número diferente de oferta de pisos, lo que muestra que la dimensión étnica racial, media en el acceso a una vivienda por encima del poder adquisitivo.

De las 29 inmobiliarias visitas, en 28 se ofreció un número menor de pisos a las personas extranjeras con respecto a la persona autóctona. No se han encontrado diferencias significativas en el número de pisos ofertados entre la personas de África Subsahariana y las Magrebíes, las diferencias significativas son sólo de estos dos grupos con respecto a la persona autóctona.

El número de ocasiones en que se requiere aval bancario, nómina y se pregunta por la situación laboral y de ingresos nos confirma que las personas migrantes, refugiadas o apátridas responden a un mayor número de preguntas y requisitos de tipo económico que las personas de origen nacional, al menos en proporción a los pisos ofertados posteriormente. Por último, la grabación de las entrevistas dentro de las inmobiliarias nos ha permitido observar un peor trato a las personas extranjeras que a las nacionales.

Bibliografía

Achón, O. (2004). Inmigración, exclusión residencial y segregación espacial. Estudio sobre la vivienda inmigrante en un municipio de Lleida. Barcelona.
Checa Olmos, J. C. (2007). Viviendo juntos aparte: la segregación espacial de los Africanos en Almería: Icaria Editorial.
Cortes Alcalá, L., Antón Alonso, F. (2007). La exclusión residencial. Gitanos. Pensamiento y Cultura. Nº 40-41. Junio-octubre 2007. pp. 62-68.
Darinka C. (2007). Integración de los inmigrantes en la Unión Europea y la vivienda social: Herramientas para los promotores de vivienda social. CECODAS. European Social Housing Observatory. Disponible en http://www.a-v-s.org
Galster, G. (1990) “Racial Discrimination in Housing Markets during the 1980s: A Reviewof the Audit Evidence.” Journal of Planning Education and Research 9(3): 165–75.
Gimenez, C., Malgesini, G. (2000). Guía de concepto sobre migraciones, racismo e interculturalidad, Catarata. Madrid.
Kothari, M. (2006). Informe del Relator Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado.Disponible en http://www.ap.ohchr.org
Solé, C. y Flaquer, LL. (2005). El uso de las políticas sociales por las mujeres inmigrantes. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Secretaría General de Políticas de Igualdad. Disponible enhttp://www.mtas.es/mujer
Yinger, J. (1998) Testing for discrimination in housing and related markets en Fix, M., Turner, M. (eds) A national report card on discrimination: The role of testing. Disponible en http://www.urban.org

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